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En este caso, nos encontramos ante el primer precedente de la posible imposición de sanciones contra los estados miembros de la UE en el marco de los mecanismos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento europeo. Este es un conjunto de normas de derecho interno de la UE que regulan el tamaño del déficit presupuestario y la deuda pública en relación al PIB. La base del pacto es un acuerdo de 1997 sobre la regulación general de la política fiscal y presupuestaria. En 1998 y 1999 entrarán en vigor dos regulaciones de la UE: en primer lugar, como "parte preventiva" está el Reglamento sobre el fortalecimiento del control sobre el estado de los presupuestos públicos; en segundo lugar, el "efecto de influencia", que consiste en el reglamento sobre el procedimiento para prevenir el exceso de déficit público.
El pacto prevé la imposición de sanciones contra un Estado miembro si el déficit presupuestario anual superó el 3% del PIB y si la deuda pública es del 60% del PIB o más.
En 2005 y 2010-2011, el Pacto fue modificado sustancialmente. Se estableció el mecanismo de los objetivos fiscales a medio plazo, negociado para los países, que violan los criterios del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Estos indicadores cuantitativos son fijados individualmente para cada país tienen como propósito de llevar gradualmente la economía a la regla general de 3 y 60%.
España y Portugal no han cumplido estos objetivos presupuestarios a medio plazo. En España, en 2015, el déficit presupuestario ascendió al 5,1% del PIB, mientras que la UE ha puesto el límite en el 4,2%. En consecuencia, se espera que en 2016 el déficit será del 3. 9% del PIB (el límite de la UE es de 3, 6%), y del 3, 1% en 2017 (objetivo de la UE es el 2, 9%).
En 2015, Portugal se comprometió a reducir el déficit presupuestario al 2, 5% del PIB. Como resultado, el déficit anual ascendió a 4, 4% del PIB.
De conformidad con los mecanismos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, las sanciones prevén una multa de hasta 0, 2 PIB y la suspensión de los pagos de los Fondos Estructurales de la UE en una cantidad de hasta el 0,5 del PIB del país sancionado. La severidad de la pena queda a discreción de la Comisión Europea. Si las sanciones son aprobadas por el Consejo de Ministros de Economía y Finanzas de la UE, el 27 de julio, la Comisión Europea dará a conocer su cuantía y luego, en el plazo de 10 días, esa decisión debe ser aprobada por el Consejo de Ministros de Economía y Finanzas.
Es probable la posibilidad de introducción de las sanciones "cero" (formales) o mínimas. Esto puede ser una especie de compromiso ante las exigencias de los países ricos del norte de Europa para endurecer la política contra la crisis del sur de Europa. La Unión Europea teme que las sanciones podrían desencadenar el crecimiento del euroescepticismo en España y Portugal. Anteriormente, este tipo de preocupaciones fue expresada por el gobierno español.
La imposición de sanciones contra España y Portugal refleja varias tendencias:
1. Las relaciones desiguales dentro de la UE. Anteriormente, por la misma razón ha habido intentos de introducir sanciones contra Alemania y Francia. Francia e Italia también violaron groseramente las reglas del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Sin embargo, las sanciones se introducen sólo en contra de los paises pobres de Europa del Sur, que son desprovistos de sus derechos.
2. La retirada en la UE de la soberanía de los Estados en la esfera de control de su política económica. Las contradicciones entre la soberanía nacional y las exigencias de una única regulación económica en la UE y en especial en la zona del euro.
3. El número de países miembros de la UE que no coinciden con los criterios económicos de la zona euro y la UE en su conjunto, lo que no puede ser resuelto a través de los mecanismos internos existentes de la UE. Al mismo tiempo, la UE no puede ni siquiera sacar al país de la zona euro (por no hablar de la exclusión de una serie de acuerdos de la UE o de la propia Unión), ya que esto puede dar un impulso a la destrucción de toda la frfágil estructura de la Unión Europea.
4. La falta de mecanismos flexibles en el reglamento de la UE hacia una política económica única.
5. El crecimiento del euroescepticismo en los países ricos y pobres de la UE. En los países ricos del norte de Europa, los euroescépticos no están satisfechos con el hehco de, supuestamente, tener que sacar del abismo económico a los paises pobres del Sur. Los paises pobres del Sur estan muy molestos con las medidas de austeridad, que promueve Bruselas. En general, es un indicador de la ineficiencia de la política de la UE en su conjunto.
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